¿Qué es la pignoración?
Antes de hablar de pignorar acciones, es necesario analizar primero en que consiste la pignoración, para entender como funciona y sus implicaciones.
La pignoración no es más que dejar un activo como prenda, para garantizar una operación.
Esto que lo hacemos de forma habitual en nuestra vida diaria, no es bien entendido y es habitual encontrarse con situaciones realmente complicadas.
Me estoy refiriendo a los préstamos hipotecarios. En estos préstamos, lo que se hace es ofrecer la vivienda que estamos comprando, como garantía de que vamos a hacer frente al pago de ese crédito, y que voy a utilizar para aclarar que significa pignorar acciones.
Significado de pignorar
En el momento que firmamos el préstamo con garantía hipotecaría, estamos trasladando la custodia de los bienes pignorados al que nos a ofrecido la operación, que no es más que el prestamista, sea un banco, caja, entidad financiera que se convierte en acreedor pignoraticio.
Mientras que no paguemos el crédito, aunque en teoría somos los dueños de la vivienda, la prenda que en este caso es la vivienda, está custodiada por el poseedor del derecho.
Esta situación, nos genera ciertas obligaciones:
- No podemos transmitir la prenda, mientras que exista la obligación. No podríamos vender la vivienda, y en el caso de la pignoración de acciones, no podríamos venderlas.
- Sólo cuando se termina la obligación, se extingue el concepto de prenda. O sea, que cuando devolvemos el préstamo, la prenda, sea vivienda o acciones, pasan a ser de nuestro total dominio.
- La pignoración se debe reflejar en escritura pública.
- Y, como vemos habitualmente, cuando se incumple la obligación, el titular del derecho sobre la prenda (habitualmente el banco), no puede quedarse directamente con la prenda, debe venderse en subasta pública, y sólo en caso de no haber ningún comprador, se podría quedar con la prenda.
Solemos leer: “el Banco se ha quedado con la casa”. No, el Banco ha ejercido su derecho sobre la prenda, y la ha sacado a subasta pública y sólo en el caso de quedar desierta, el Banco se queda con la casa.
Pignoración de acciones
Acciones como garantía de un préstamo
La pignoración de acciones funciona como cualquier otro tipo de pignoración, lo que hacemos es pedir un crédito al Banco o entidad financiera, en la que ofrecemos acciones en garantía.
Mientras que la pignoración esté en marcha, nosotros seguiremos siendo los titulares de las acciones, y por tanto seguiremos recibiendo los dividendos que generen o podremos asistir a las juntas de accionistas.
Pignorar acciones, no elimina o limita ninguno de los derechos que tenemos como accionistas, tanto políticos, como económicos.
Una vez que hemos solicitado el crédito, nos podemos encontrar con diferentes escenarios.
Nos pueden dar el préstamo o no, en función de la calidad de los activos que estamos ofreciendo con garantía. También puede darse el caso de que el préstamo sea más barato o caro, en función de que las acciones sean de primera categoría o no.
Normalmente hacen una valoración, en función de las calificaciones que realizan las agencias de Rating, para medir la calidad de los activos financieros.
Una pignoración de acciones, debería ser firmada ante notario, como cualquier otro tipo de préstamo con garantía.
En el momento que realizamos la firma, se comunicaría al depositario de las acciones que se ha constituido una prenda sobre esos valores, y que a partir de ese momento, y hasta que no se comunique oficialmente que la prenda se ha levantado, las acciones quedaran inmovilizadas, no pudiendo ser vendidas, ni trasladadas a otra entidad depositaria, salvo que las partes que han firmado el acuerdo lo comuniquen a la entidad en la que las acciones están depositadas.
A partir de ese momento pueden suceder dos cosas, o que cese la obligación o que no.
Cese de la obligación del deudor
Cuando cesa la obligación del deudor, o sea que se ha pagado el préstamo o las partes acuerdan su cese, el notario comunicará al depositante el cese de la obligación y desde ese momento el propietario de las acciones podrá hacer con ellas lo que estime oportuno.
El deudor no cumple con sus obligaciones
Si el deudor no hace frente a sus obligaciones, como ocurre con los préstamos hipotecarios, se procederá a la ejecución de la prenda.
En este caso no sucede como con las viviendas, no habría subasta, se autorizaría a que se ejecutara la venta de las acciones en el mercado o directamente, se podrían adjudicar las acciones a favor del acreedor. En este caso, se debería cambiar la titularidad de la propiedad.
¿Qué pasa si las acciones bajan de precio?
Todos conocemos como se mueve el mercado, sobre todo el de renta variable. Se puede dar el caso de que las cotizaciones de las acciones pignoradas bajen de precio.
En este caso, el acreedor puede solicitar que se aumente la garantía, añadiendo más valores, reduciendo el importe del préstamo, etc.
Esta situación la vivieron en primera persona en Sacyr, cuando pignoraron las acciones de Repsol para comprarlas.
Pignorar acciones para apalancarse
La pignoración de acciones con notario y escrituras, se producen en casos concretos, cuando estamos solicitando un préstamo, que puede ser para comprar más acciones o para otro tipo de inversión, como por ejemplo podría ser comprar una vivienda ¿Por qué no?
Los Bróker que permiten operar con acciones y además ofrecen derivados financieros, cómo los CFD o Futuros, suelen utilizar el valor de esas acciones como colateral o garantía.
Por ejemplo, yo tengo acciones en DeGiro, que es un Bróker del tipo que estamos comentando, ofrece diferentes tipos de derivados financieros.
En mi cuenta “trader” y gracias a las acciones que poseo, siempre tengo lo que el Bróker denomina “margen libre”, disponible para apalancarme y realizar cualquier tipo de operaciones con derivados financieros, es como los famosos “préstamos preconcedidos”, esos con los que de vez en cuando te bombardea tu Banco habitual.
Otros Bróker, como los de CFD, permiten un apalancamiento para operar. Ese apalancamiento varía de unos a otros, aunque poco a poco y debido a las normativas MiFID, se va reduciendo poco a poco.
Podría decirse que funciona como una pignoración, en este caso del efectivo. Te retienen una parte de tu efectivo, como garantía de las operaciones abiertas.
Como ves, no es necesario recurrir a un Banco para pignorar tus acciones, si lo único que pretendes es apalancarte.
Gracias por el artículo Miguel. Como siempre, útil e instructivo. Ahora entiendo porqué ING me ofrece préstamos, si yo no tengo hipoteca con ellos. Seguramente es por las acciones que tengo en su broker.
Hola Carlos
A veces no vemos las acciones como un activo tan importante como pueda ser una vivienda, pero en realidad son iguales. La gran diferencia es su gran liquidez, pero no nos equivoquemos, es tan interesante poseer un buen paquete de acciones, como tener una vivienda en propiedad.
Un fuerte abrazo.
Que ocurre si tienes las acciones pignoradas y lanzan una OPA de exclusion?
Hola Cruz
Es una pregunta muy interesante. Hay que tener en cuenta que las acciones actúan como garantía de un préstamo, si la garantía “desaparece”, el prestatario te obligará a presentar una nueva garantía.
Lo lógico sería contactar con la entidad que ha realizado la pignoración, para ver como solucionar el problema.
Un abrazo.