Derechos de los Accionistas Comunes

derechos de los accionistas, económicos y políticosLos derechos de los accionistas comunes regulan las relaciones entre las personas propietarias de las acciones de una empresa.  Las empresas cotizadas son Sociedades Anónimas. En una sociedad por acciones los propietarios son los accionistas, participes del negocio en el tamaño y proporción del número de acciones del que cada uno sea propietario. Los derechos de los socios son de tipo político y económico. Mientras que los derechos políticos tratan de la gestión de la empresa, los derechos económicos están vinculados a los beneficios de la sociedad. Estos derechos no son independientes, ya que los derechos políticos intentan garantizar que los derechos económicos se cumplan. Al final, cuando compramos acciones de una empresa, lo que pretendemos es beneficiarnos del negocio en el que invertimos. Los derechos de los accionistas no son absolutos, pueden estar regulados por los estatutos en función de los diferentes tipos de acciones que la empresa haya emitido.

Tipos de derechos de los accionistas

Derechos políticos

Los derechos políticos, son los que garantizan que los accionistas puedan participar en las decisiones y gestión de la empresa.
Habría que distinguir que existen dos tipos de accionistas, los de referencia y los minoristas.
Los accionistas de referencia, tienen una participación importante en la empresa. En ocasiones son los que dirigen y toman decisiones en la empresa, ya que poseen una representación importante.
Sin embargo, los pequeños accionistas tienen la posibilidad de unirse para hacerse oír. Los pequeños accionistas, también pueden tener poder de decisión.
Los derechos de los accionistas para tener acceso a la gestión de la empresa son: 

  1. Derecho de asistencia, voz y voto en las Juntas Generales

    En ocasiones no todos los accionistas pueden acceder a la junta, hay empresas donde hay que tener un mínimo de acciones.
    Determinadas empresas, tienen acciones denominadas preferentes. Las acciones preferentes tienen determinados derechos económicos que pueden ser incluso mejores que las acciones ordinarias, pero sin embargo no tienen derechos políticos y no pueden acudir a las Juntas de Accionistas.
    Las decisiones de la Junta de Accionistas, se pueden tomar de varias maneras, aunque lo habitual es que sea por mayoría, dependiendo de los estatutos, se puede primar el capital representado, exigir mayorías cualificadas o dar privilegios a unas acciones sobre otras.

  2. Derecho de información

    Los accionistas, sobre todo los minoritarios, tienen derecho a conocer la marcha del negocio. La empresa pone a disposición de todos sus accionistas las cuentas anuales y el informe de gestión.
    En la Junta de Accionistas se pueden pedir aclaraciones a los gerentes de la empresa de todas esas cuentas.

  3. Derecho de impugnación de acuerdos sociales

    Los acuerdos a los que se llegan en Junta de Accionistas pueden ser impugnados por los propios accionistas, si creen que vulneran la Ley o los estatutos de la sociedad, y también cuando entendemos que están perjudicando a los socios de la empresa.

  4. Derecho a la acción social de responsabilidad

    Los socios normalmente no interfieren en la marcha de la empresa, sólo cuando se realizan las Juntas de Accionistas los gestores pueden ser interpelados. Pero existe la posibilidad de que los socios ejerzan la acción social de responsabilidad, cuando estiman que los gestores están actuando en contra de los intereses de la sociedad.

  5. Derecho a convocar juntas

    Los socios que representen al menos un 5% de la sociedad, pueden solicitar a los administradores de la empresa que convoquen una Junta extraordinaria de accionistas, pudiendo llegar a los tribunales si no son atendidas sus peticiones.

Derechos económicos

Cuando invertimos en una empresa, el fin último es obtener una rentabilidad. Los derechos económicos son los que protegen estos derechos. 

  1. Derecho al dividendo

    Los dividendos no son una obligación de la empresa, incluso obteniendo beneficios, la Junta de Accionistas puede decidir no repartir dividendos.
    Pero cuando hay dividendos, los accionistas tienen derecho a la parte que le corresponda en función de su participación en la sociedad.

  2. Derecho de suscripción preferente

    Los actuales socios, tienen derecho a acudir de forma preferente a las ampliaciones de capital o las emisiones de obligaciones convertibles, para evitar que su participación se vea diluida. Estos derechos tienen un valor económico y pueden ser transmitidos por los socios.
    Un ejemplo muy claro lo tenemos con los Scrip dividend. Las empresas realizan ampliaciones de capital para pagar dividendos, y los derechos a acudir a la ampliación realmente son el dividendo, que puede ser transmitido por los propietarios de las acciones.

  3. Derecho a transmitir las acciones o las participaciones

    Los socios tienen derecho a disponer libremente de sus acciones o participaciones, aunque en ocasiones este derecho puede verse limitado según los estatutos. Esta limitación, suele tener como objeto evitar que entren a formar parte de la sociedad accionistas no deseados.

  4. Derecho a la cuota de liquidación

    Es un derecho que espero no tengas que ejercer. Se trata del derecho a recibir la parte que te corresponde si la sociedad es liquidada.

  5. Derecho de representación en el Consejo de Administración

    Los socios, en función de la participación en la sociedad tienen derecho a tener representación en el Consejo de Administración de la empresa.

  6. Derecho de separación

    Existe la posibilidad bajo determinadas circunstancias, que los socios que no hayan aprobado determinados acuerdos puedan reclamar a la sociedad que se les liquide el valor de sus acciones y abandonar la sociedad.

Aprender a invertir en acciones

4 comentarios en «Derechos de los Accionistas Comunes»

  1. Hola Miguel.
    Estoy valorando crear una cartera de acciones Ibex 35 de compañías que den dividendos y he pensado en estas cuatro; Mapfre, BBVA, Santander y Día. ¿podrías darme tu opinion al respecto?. La idea es invertir unos ahorrillos que me produzcan dividendos para re invertir en comprar mas acciones y beneficiarme de las posibles re valorizaciones, siempre a medio y largo plazo.

    Responder
    • Hola Francisco.
      Pues me parece genial, lo único que te diría es que diversifiques un poco más los sectores. Mapfre, BBVA y Santander son tres empresas del sector financiero, yo quitaría alguna para dar entrada a otro sector, de esta manera tu cartera estará un poco más compensada. Por ejemplo quitaría un banco…¿Santander? No me gusta mucho la forma de proceder de su directiva, sin embargo BBVA me parece mejor gestionado.
      Un abrazo Francisco, y enhorabuena por tu decisión.

      Responder
    • Hola miguel
      soy principiante cuantas compañías debería tener y cuantas acciones como mínimo para acer una cartera y tener frutos positivos grasias

      Responder
      • Hola Enrique
        Se supone que un inversor en acciones debería controlar las empresas en las que invierte, revisar sus estados financieros, noticias y cualquier evento que pueda afectar a la cotización. No es que suponga mucho tiempo, pero requiere algo de dedicación, en este sentido, puedes tener tantas empresas como seas capaz de controlar.
        Un número apropiado serían no menos de cinco, para tener una diversificación de riesgos, pero a partir de ahí…
        Un abrazo.

        Responder

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